Es el padrón en el cual deben inscribirse todos los prestadores de servicios turísticos (personas naturales o jurídicas), que ejerzan sus actividades en la República Bolivariana de Venezuela, con el fin de identificar la oferta de servicios turísticos y definir políticas y acciones que permitan el desarrollo de la actividad. El RTN tiene carácter único, público, permanente, personal, intransferible y obligatorio.
El RTN debe orientarse a la inclusión de las comunidades organizadas en Instancias del Poder Popular y demás formas de participación dedicadas a la prestación de los servicios turísticos
Los Prestadores de Servicios Turísticos (PST) que operen y que no estén inscritos en el RTN, tienen la obligación de hacerlo llenando el formulario de solicitud a través del Sistema Integrado de Gestión Turística (SIGETUR), siguiendo lo pasos que este le indique; así mismo los PST que están inscritos deben incluir sus datos en el mismo y/o actualizar su RTN en caso de requerirlo.
(Persona Natural)
PLANILLA_DE_SOLICITUD_RTN_PERSONA_NATURAL(Persona Natural con firma)
PLANILLA_DE_SOLICITUD_RTN_PERSONA_NATURAL(Persona Jurídica)
PLANILLA_DE_SOLICITUD_RTN_PERSONA_JURIDICAComprobante de pago de la tasa de tramitación por:
En la cuenta:
Banco de Venezuela
Beneficiario: INATUR
Rif.: G-20007861-8
Cuenta Corriente Nº: 0102-0222-12-0000012771
Las personas naturales, jurídicas, demás sujetos y entidades, y las organizaciones socioproductivas inscritas en el Registro Turístico Nacional, dentro de los treinta (30) días continuos después de haber realizado los siguientes cambios:
1.- Cambio de apellidos y nombres, razón social o denominación comercial del sujeto, persona jurídica, o de la entidad.
2.- Cambio de directores, administradores o de las personas que ejerzan la representación legal.
3.- Cambio de accionistas.
4.- Cambio de domicilio civil o electrónico.
5.- Venta del fondo de comercio o de todas sus existencias, que modifique la titularidad del mismo.
6.- Cese, paralización y reinicio de las actividades turísticas habituales.
7.- Disfrute de beneficios fiscales en las contribuciones, impuestos o tasas en materia turística, si fuesen otorgadas por Ley o por el Ejecutivo Nacional.
8.- Aprobación u otorgamiento de créditos y préstamos turísticos.
9.- Instalación, mudanza o cierre permanente de establecimientos, tales como: casa matriz, sucursales, agencias, locales comerciales o de servicios.
10.- Cambio de actividad económica o de objeto social.
11.- Atraso, liquidación o quiebra de la sociedad.
12.- Modificación de categorías por ocurrencia de hechos, tales como: transformación, fusión, reorganización empresarial, entre otros.
13.- Cualquier otra modificación que afecte la situación del prestador de servicio turístico.
Quedan excluidas del ámbito de aplicación de la la Resolución Nº 007, las personas naturales y jurídicas, organizaciones socio-productivas creadas en instancias del Poder Popular que:
1.- Presten servicios de comida de carácter asistencial, institucional o social.
2.- Sirvan alimentos y bebidas a través de máquinas expendedoras.
3.- Ofrezcan servicios de catering, entendidos como: aquellos servicios de suministro de comidas y bebidas a aviones, trenes, colegios, entre otros.
4.- Sirvan alimentos y bebidas a contingentes particulares y no estén abiertas al público en general, tales como: los comedores universitarios, de salud, de empresas, centros de formación y centros escolares.
5.- Presten servicios gastronómicos a clubes y asociaciones únicamente para sus miembros.
6.- Comercialicen sus productos alimenticios en locales, tales como: hipermercados, supermercados, entre otros.
7.- Adquieran franquicias de comida rápida que no se corresponda con la gastronomía nacional.
8.- Presten los servicios de alimentos y bebidas previstos en el artículo 10 de la Resolución Nº 007, no vinculados a la gastronomía venezolana, cuando estén ubicados en áreas distintas a las zonas de interés turístico o cualquier otra zona declarada por el Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de turismo.
Para cualquier información por favor contactarnos por:
Sede MINTUR, Dirección General de Registros y Licencias
adscrita al Despacho de la Viceministra de Turismo Nacional, Torre Norte, piso 2..
Apartado Postal : 025726.
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