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Inscripción o Renovación de Persona Natural

 

09/07/2010

LOS TRÁMITES DEL RTN PARA LA INSCRIPCIÓN O RENOVACIÓN SON PERSONALES Y GRATUITOS 

En el acto de consignación de documentos para la inscripción o renovación en el Registro Turístico Nacional, el Prestador de Servicio Turístico estará representado directamente por uno de los Accionistas o el Representante Legal, este último debidamente autorizado en Acta de Asamblea. Cualquier otra persona deberá demostrar su cualidad presentando el original y consignando una fotocopia, de acuerdo a lo establecido en los artículos 25 y 26 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos.

Los prestadores y prestadoras del servicio turistico, ya inscritos ante el Registro Turistico Nacional (RTN), deberán actualizar el Registro Turistico Nacional dentro de los ciento ochenta (180) días hábiles, contando a partir de sesenta(60) días continuos posteriores a la publicación de la Resolución 39.452, de fecha 23 de junio del 2010.

 El Prestador de Servicios Turísticos, deberá presentar al funcionario de la Oficina de Turismo la documentación en original y fotocopia, una vez confrontada y verificada la fotocopia contra el original, el funcionario, le devolverá el original al Prestador de Servicios Turísticos.

La Documentación a consignar debe cumplir con las siguientes condiciones:

1.- La fotocopia del documento debe estar completa y por ambas caras.

2.- La fotocopia debe estar legible, sin rayas ni manchas.

3.- La fotocopia de la fotografía debe estar visible y nítida.

 

RECAUDOS

Las Personas Naturales que tengan como actividad la prestación de servicios turísticos deberán formalizar su inscripción en el Registro Turístico Nacional (RTN) consignando ante el MINTUR o los Fondos Mixtos según corresponda, los documentos que se señalan a continuación:


a) Tres (3) impresiones de la "Solicitud de Inscripción", emitida por el sistema.

b) Fotocopia legible de la cédula de identidad.

c) Fotocopia del Registro Único de Información Fiscal (RIF).

d) "Curriculum Vitae" actualizado, emitida por el sistema.


Para los Agentes de Turismo, además de los recaudos comunes señalados, deberán consignar:


  1. Fondo negro del Título universitario en el área de turismo o fotocopia legible de la constancia de trabajo emitida por Agencia de Viaje y Turismo inscrita en el RTN, donde conste una experiencia mínima de cinco (5) años en el sector de agencias de viajes y turismo.


Para el Conductor de Turismo, además de los recaudos comunes señalados, deberán consignar:


  1. Fotocopia legible de la licencia de conducir vigente, de cuarto (4º) grado o quinto (5º) grado.

  2. Fotocopia legible por ambas caras del Certificado Médico para conducir, emitido por la autoridad competente.


Para el Guía de Turismo, además de los recaudos comunes señalados, deberán consignar:


  1. Copia del Certificado de Guía de Turismo expedido por institución debidamente inscrita en el Ministerio con competencia en educación universitaria, por el Instituto Nacional de Turismo (INATUR) o por el Instituto Nacional de Cooperación Educativa Socialista (INCES).

  2. Copia de Constancia de Curso de Primeros Auxilios, emitido por organismo competente.

 

 

Para imprimir por el Prestador de Servicios Turísticos:

A.- Formulario "Solicitud de Inscipción Persona Natural"

B.- Instructivo "Solicitud de Inscripción Persona Natural"


Para imprimir por el Funcionario de la Oficina de Turismo correspondiente a su ubicación geográfica:

C.- Formulario "Constancia de Verificación de Documentos Persona Natural"

D.- Instructivo "Constancia de Verificación de Documentos Persona Natural"

E.- Identificación externa del sobre para envíar los documentos al Mintur

 

 
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