Caracas, 8 de Septiembre de 2010  
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Contribución del 1%

 

 

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En conformidad al Artículo 81 de la Ley Orgánica de Turismo, son los prestadores de servicio turísticos los responsables de la contribución especial del uno por ciento (1%), proveniente de las facturas pagadas por los consumidores de dichos servicios.

Si prestas algún servicio turístico o realizas actividades de guiatura, transporte, alojamiento, recreación, casinos, bingos, máquinas traganíqueles, alimentación, gastronomía, suministro de bebidas, alquiler de buques, aeronaves, vehículos de transporte terrestre y cualquier otra acción destinada a la atención del turista, como servicios de información, promoción, publicidad, propaganda, protección, auxilio, higiene y seguridad, entonces formas parte del universo de prestadores de servicios turísticos del país según lo define el Artículo 74 de la misma Ley.

 

Tres pasos para cancelar el 1%

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Si eres prestador de algún servicio turístico conoce los tres pasos para pagar esta contribución especial.




1:Descarga e imprime la planilla Nº 1 haciendo click aquí, y llena los datos requeridos por la Gerencia de Recaudación y Fiscalización del INATUR.

 

2:Deposita a nombre de INATUR dentro de los primeros cinco (05) días del mes siguiente, el uno por ciento (1%) de las facturas pagadas por los usuarios turísticos, en las cuentas autorizadas de aquellos bancos ubicados en la región donde se presta el servicio o desarrolla la actividad:

Banco

Tipo
de Cuenta

Venezuela

Corriente

0102-0221-36-0000040264

Provincial

Corriente

0108-0582-00-0100016481

Industrial de Venezuela

Corriente

0003-0059-46-000103521-7

Corp Banca

Corriente

0121-0197-0201-0412685-7

Banesco

Ahorro

0134-0389-94-3895541396

Nacional de Crédito

Corriente

0191-000-1492101010527

3:Envía a la siguiente dirección: Gerencia de Rcaudación y Fiscalización del INATUR, Avenida Francisco de Miranda con Principal de La Floresta, Edificio Mintur - Torre Sur, Piso 2, la copia elegible de la planilla, depósito bancario y copia de la forma 30 del SENIAT correspondiente al IVA.

 

 
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