Caracas, 8 de Septiembre de 2010  
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Despacho del Viceministro(a) de Calidad y Servicios Turísticos

Funciones:

  1. Elevar a la consideración y aprobación del Ciudadano Ministro del Poder Popular para el Turismo, las políticas públicas, normas y criterios para la implantación y desarrollo del “Sistema Venezolano de la Calidad Turística”.
  2. Formular las políticas públicas orientadas a la consolidación y funcionamiento del Sistema Turístico Nacional, conjuntamente con las demás instancias del  Ministerio y con base a la normativa legal vigente.
  3. Definir los criterios de normalización y certificación de la calidad para el sector turístico, con base a los acuerdos supranacionales y a la normativa legal vigente.
  4. Definir los criterios para la reglamentación de las normas y calidad turísticas aceptadas internacionalmente, conjuntamente con los organismos competentes.
  5. Elevar a la consideración del Ciudadano Ministro del Poder Popular para el Turismo, las propuestas para la creación del “Sistema de Calidad Turística Nacional”.
  6. Apoyar y coordinar la creación del “Sistema de Calidad Turística Nacional”.
  7. Formular las políticas públicas y normas correspondientes al registro, ertificación y control turístico de las actividades del sector público, destinadas a la supervisión de los prestadores de servicios turísticos.
  8. Someter a consideración del Ciudadano Ministro del Poder Popular para el Turismo, las propuestas en materia de fomento de la Cultura de la Calidad de los Servicios Turísticos en el país.
  9. Coordinar con los organismos públicos y los gobiernos estadales y locales a fin  de generar mecanismos de participación en materia de la conservación del  Patrimonio Turístico y Cultural en cada región.
  10. Coordinar la realización y actualización permanente del “Inventario del Patrimonio Turístico Nacional” conjuntamente con los gobiernos regionales y  locales, así como con los demás órganos y entes competentes en la materia.
  11. Apoyar el funcionamiento de la Junta Ministerial y el cumplimiento de sus decisiones, creando la sinergia necesaria entre las áreas organizativas a su cargo y las restantes áreas del MINTUR.
  12. Facilitar y supervisar la gestión de las Direcciones Generales a su cargo en el cumplimiento de sus funciones.
  13. Definir los criterios y normativas para el otorgamiento de licencias, permisos o autorizaciones requeridas para la prestación de servicios turísticos.
  14. Fomentar e impulsar, conjuntamente con el Instituto Nacional de Turismo  (INATUR), así como los entes educativos privados y públicos, convenios orientados  a la formación de los recursos humanos de calidad que requiera el sector turístico  para su funcionamiento.
  15. Facilitar mecanismos de concertación con los órganos y entes competentes en la materia, a fin de lograr la inclusión de la materia turística en los pensa de estudios a nivel de educación básica, diversificada y superior.
  16. Coordinar y facilitar las acciones necesarias para el cumplimiento de las normativas y regulaciones vigentes en materia turística.
  17. Las demás que le asignen las leyes, reglamentos y demás actos normativos.
 
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